El Govern ha aprobado en sesión de Consell de Ministres, bajo la propuesta de la ministra de Justicia e Interior, Ester Molné, el nuevo Reglamento sobre permisos, vacaciones y días compensatorios para los miembros del Cos de Policia, así como el Reglamento de acceso, promoción y carrera profesional de dicho cuerpo. Estas modificaciones buscan equiparar los textos reglamentarios a los de otros cuerpos especiales y al personal del Cos General.
Con respecto al Reglamento de acceso, promoción y carrera profesional, el nuevo texto armoniza las regulaciones, alineándose con las normativas que rigen otros cuerpos especiales del país. Esta modificación responde a las directrices establecidas por la Llei 21/2025, que modifica las normas reguladoras de los cuerpos especiales y la Ley de la función pública de la Administración de Justicia. En este contexto, se modifica el artículo 10, permitiendo a un agente imputado por delitos dolosos o imprudentes relacionados con el ejercicio de la función pública continuar su carrera profesional hasta que se emita una sentencia firme. Una vez dictada la resolución judicial, se podrán adoptar las medidas disciplinarias o penales pertinentes.
Actualización de derechos y procedimientos
La modificación también incorpora la posibilidad de que un representante de cada asociación sindical del Departamento de Policía participe en las reuniones del Comitè Tècnic de Selecció, con voz y voto. Esto se alinea con las previsiones de la Ley de la función pública. Se estipula, además, que los representantes sindicales deben garantizar el derecho a la intimidad, velando por la confidencialidad de la información y documentación relativa a los candidatos.
En cuanto a los procedimientos selectivos para acceder al Cos, se modifica el baremo de ponderación. Se elimina la ponderación de los idiomas (10%), que pasa a ser un requisito obligatorio, y se incrementa la ponderación de la prueba teórica y/o práctica del 30% al 40%.
Permisos y derechos laborales
En lo referente al Reglamento sobre permisos, vacaciones y días compensatorios, la aprobación de hoy pretende actualizar su contenido y disposiciones. Se equiparan dos permisos a los que ya tienen el personal de la Administración general: el permiso administrativo por enfermedad o estado grave de un familiar, y el permiso administrativo de reducción de la jornada laboral de hasta ochocientas horas.
Asimismo, se modifica el artículo 9, que regula el permiso administrativo por enfermedad o estado grave de un familiar, el cual pasa de 1 a 2 días. El artículo 11, que se refiere al permiso administrativo por pruebas o exámenes, también será ajustado.
Como novedad, se incorpora el permiso administrativo de reducción de la jornada laboral hasta 800 horas, por razones de estudios o situaciones familiares graves, equiparando así los derechos entre trabajadores de la Administración pública.






