El Consell de Ministres aprueba un nuevo reglamento sobre inmigración en el sector hotelero.
En un paso significativo para el sector turístico de Andorra, el Consell de Ministres ha dado luz verde al Reglamento de cuota especial de autorizaciones temporales de inmigración. Esta iniciativa, presentada por la titular de Justícia i Interior, Ester Molné, forma parte del programa de contractación en origen y busca responder de forma efectiva a las crecientes necesidades de personal en la industria hotelera.
Objetivos del nuevo reglamento
Con esta medida, el Gobierno andorrano se propone atender la demanda de mano de obra derivada de la desestacionalización del turismo, un sector que ha mostrado un notable dinamismo en los últimos años. La participación en este programa piloto está limitada a personas nacionales de países que no forman parte de la Unión Europea (UE) ni del Espacio Económico Europeo (EEE).
El reglamento está diseñado tanto para nuevos trabajadores como para aquellos que ya han trabajado en Andorra, siempre y cuando hayan pasado al menos tres meses desde la expiración de su anterior autorización temporal y se encuentren en su país de origen al momento de solicitarla.
Requisitos y obligaciones para empresas y trabajadores
Este reglamento es aplicable a todas las empresas del sector hotelero y de restauración que estén registradas bajo los códigos de actividad económica 55 o 56. Estas empresas podrán solicitar autorizaciones temporales conforme a los mismos requisitos de formación y experiencia que se venían aplicando anteriormente.
Además, el programa establece que el empresario deberá asumir, como mínimo, el 50% de los costos de desplazamiento del trabajador hasta el Principado, así como proporcionar un alojamiento adecuado. Por su parte, el trabajador deberá demostrar su retorno efectivo a su país de origen para poder obtener una nueva autorización de inmigración temporal.
El reglamento entrará en vigor el 27 de julio de 2026, y las solicitudes se podrán presentar de manera telemática desde su entrada en vigor hasta el 31 de marzo de 2027.






