El Govern refuerza el Codi Penal para proteger a menores y combatir la corrupción en Andorra

El Govern andorrà ha aprobado modificaciones al Codi Penal para mejorar la protección de menores contra delitos sexuales en línea y tipificar la corrupción privada. Estas reformas incluyen el aumento de la edad de consentimiento sexual y el endurecimiento de penas por delitos relacionados con la pornografía infantil y el acoso sexual digital, alineándose con normativas internacionales.
Rueda de prensa del Govern d'Andorra sobre reformas al Codi Penal
El Govern d'Andorra presenta reformas al Codi Penal para proteger a menores y combatir la corrupción.

Reforzar la protección de menores en línea es una de las prioridades del Govern. Por este motivo, el Ejecutivo ha aprobado la modificación del Proyecto de ley cualificada del Codi Penal, que busca fortalecer la persecución de delitos sexuales y el acoso sexual en línea, especialmente cuando involucran a menores de edad. Este cambio está estrechamente relacionado con la modificación de la Ley cualificada de derechos de los niños y adolescentes, que ya ha sido presentada para su trámite parlamentario a principios de marzo.

Modificaciones del Código Penal

Además, la modificación del Codi Penal tipifica por primera vez la corrupción privada así como la responsabilidad de las personas jurídicas en ciertos delitos. La ministra de Justicia e Interior, Ester Molné, explicó durante la rueda de prensa que “las transformaciones sociales y tecnológicas, la creciente complejidad de la delincuencia organizada y económica, así como las nuevas formas de criminalidad digital y transnacional, exigen una actualización del ordenamiento jurídico penal para garantizar una respuesta adecuada y proporcional”.

Las modificaciones permitirán dar cumplimiento a diversas recomendaciones de organismos internacionales, como el Convenio de Mérida y el Convenio del Consejo de Europa, y alinearse con directivas europeas.

Protección del menor en el ámbito digital

En los detalles de los principales cambios, el Proyecto de ley presentado por el Govern contempla aumentar la edad de consentimiento sexual a 16 años, lo que representa un incremento de dos años respecto a la normativa anterior. Esta medida busca reforzar la protección de los menores ante conductas que puedan vulnerar su libertad e indemnidad sexual.

Dicha modificación se inscribe dentro de la tendencia europea e internacional de garantizar una tutela más amplia de los derechos de los niños y adolescentes, reconociendo que los menores de dieciséis años, en general, no poseen el grado suficiente de madurez emocional, psicológica y social para consentir de manera informada una relación sexual con un adulto. “Es una medida de prevención y protección ante posibles situaciones de abuso o manipulación”, destacó Molné. No obstante, se establece como excepción que la edad de consentimiento sea de 14 años para relaciones entre jóvenes cercanos en edad y madurez, siempre que la diferencia no supere los cinco años.

Delitos sexuales y corrupción

La modificación también tipifica como pornografía infantil el material que represente visualmente a una persona que aparente ser menor de edad participando en conductas sexualmente explícitas, reales o simuladas, así como la representación de los órganos sexuales de una persona que parezca menor. En este caso, la pena puede alcanzar hasta 4 años de prisión. También se tipifica la tentativa en el delito de asistencia a espectáculos pornográficos donde actúe un menor o una persona con discapacidad, con penas de hasta 2 años de prisión.

El Codi Penal también refuerza el control y apoyo para perseguir delitos sexuales en línea, ampliando la definición de prostitución para adaptarla al entorno digital, incluyendo actos sexuales realizados a distancia a través de Internet o medios telemáticos, siempre que haya interacción y remuneración. Además, se penaliza la difusión de imágenes que representen actividades sexuales o partes íntimas de una persona sin su consentimiento, así como la manipulación y difusión de imágenes que hagan parecer que una persona está desnuda o realizando conductas sexuales sin su consentimiento, con penas que oscilan de 3 meses a 3 años de prisión.

Corresponsabilidad de las personas jurídicas

La modificación del Codi Penal también incluye por primera vez la tipificación de la corrupción en el sector privado, con penas de prisión de 3 meses a 3 años y la inhabilitación para el ejercicio del cargo o oficio por 3 años. Asimismo, se contempla la tentativa en delitos de corrupción, malversación de fondos públicos y tráfico de influencias, también en el ámbito privado. Según Molné, tipificar la corrupción privada “es esencial para proteger el mercado y la competencia, fomentar la responsabilidad empresarial y asegurar una respuesta integral ante el fenómeno de la corrupción”.

Estos cambios permitirán alinear el ordenamiento jurídico andorrano con el Convenio de las Naciones Unidas contra la corrupción, adoptado en Mérida, el cual establece un estándar de referencia en la lucha integral contra la corrupción. Además, se recoge por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas en delitos de trata de seres humanos, delitos económicos, blanqueo de capitales, delitos contra la salud pública, corrupción, tráfico de influencias y delitos ambientales, entre otros.

Finalmente, se ha aprovechado la modificación del Codi Penal para establecer la pena de prohibición de tener animales a quienes hayan sido condenados por maltrato animal; se ha ampliado el tipo penal de maltrato en el ámbito doméstico y se ha tipificado la injuria a profesionales sanitarios o de seguridad privada.