El Consell de Ministres ha aprobado un decreto que modifica el reglamento de acceso, adjudicación, gestión y el procedimiento para determinar el precio asequible del parque público de vivienda. Este cambio busca flexibilizar el acceso y adaptarlo de manera más efectiva a las necesidades sociales identificadas.
La ministra de Presidencia, Economía, Trabajo y Vivienda, Conxita Marsol, ha liderado esta modificación tras analizar casi 1.200 solicitudes recibidas desde la implementación del Registro de solicitantes de viviendas de precio asequible en 2024. Este análisis ha permitido detectar nuevas situaciones de vulnerabilidad y ajustar los criterios para ofrecer una respuesta más equitativa y eficiente.
Modificaciones importantes en el acceso
Entre las principales novedades, se incrementa el límite máximo de ingresos hasta 2,9 veces el salario mínimo anual, dependiendo de la composición del hogar, especialmente para familias con cargas familiares. Anteriormente, el tope de ingresos era de 2,2 veces el salario mínimo, y se elevaba a 2,5 veces para parejas con dos o más hijos.
Ahora, para acceder al parque público, las personas solas deberán demostrar ingresos de 2,2 veces el salario mínimo, mientras que las parejas o familias monoparentales con un hijo deberán acreditar 2,5 veces, y las parejas con dos o más hijos, 2,9 veces.
Nuevos colectivos y necesidades de vivienda
El nuevo reglamento amplía los colectivos que pueden acceder al registro, incluyendo a personas beneficiarias de una pensión de solidaridad por discapacidad y aquellas que reciben una pensión de invalidez de la CASS que es incompatible con el trabajo, quienes antes enfrentaban dificultades para cumplir los requisitos establecidos.
Además, se refuerzan los supuestos que acreditan la necesidad de vivienda, como situaciones derivadas de separaciones o divorcios donde no se puede hacer uso del domicilio familiar, o casos en los que el tipo de vivienda no se ajusta a la composición del hogar. En estas circunstancias, se exime a los solicitantes del requisito general de destinar más del 30% de sus ingresos al pago del alquiler.
Mejoras en adjudicación y transparencia
En cuanto al procedimiento de adjudicación, la modificación introduce mejoras para garantizar una mayor participación y transparencia. Se prevén dos ofertas públicas dentro de una misma convocatoria cuando haya viviendas disponibles, ampliando el número de personas que pueden optar antes de recurrir a adjudicaciones directas. También se establece la publicación de los resultados de los procesos en el Boletín oficial.
El nuevo sistema de puntuación otorga más peso a las situaciones de necesidad residencial y a factores sociales y personales, relegando el criterio económico como elemento de cierre del proceso, con el objetivo de hacerlo más justo y equilibrado, y reducir la dependencia de subvenciones públicas.
Un paso hacia la equidad habitacional
Esta modificación representa un avance del Gobierno para adaptar el parque público de vivienda a la realidad social del país, ofreciendo soluciones a situaciones que hasta ahora quedaban desatendidas y asegurando un acceso más justo, acorde a las necesidades reales de las personas.
El reglamento también incorpora ajustes técnicos en los procedimientos de gestión y control del Registro, así como medidas para priorizar la resolución de expedientes de personas en situación de emergencia residencial. A través de este nuevo marco, el Gobierno refuerza su estrategia para garantizar el derecho a la vivienda y continuar desarrollando un parque público más accesible, equitativo y sostenible.





