Las personas que desempeñen trabajos que impliquen contacto habitual con menores de edad o tengan acceso a sus datos personales deberán acreditar la ausencia de antecedentes penales por delitos contra la libertad sexual. Esta exigencia abarca tanto el ámbito público como el privado. Con el fin de regular esta acreditación, el Gobierno ha aprobado, a propuesta de la ministra de Asuntos Sociales, Trini Marín, un reglamento que desarrolla las disposiciones de la Ley 14/2019, que se ocupa de los derechos de los niños y adolescentes.
Con esta iniciativa, según Marín, el Gobierno reafirma su compromiso con la protección integral de los niños y adolescentes, asegurando entornos seguros y fortaleciendo los instrumentos de prevención ante cualquier forma de violencia o abuso. Esta medida da cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos en el marco del Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual (Convenio de Lanzarote), y refuerza los mecanismos de prevención y protección de los menores de edad.
Requisitos y procedimientos
En detalle, el reglamento estipula que los empleados deberán presentar el certificado antes de iniciar cualquier actividad, o bien renovarlo si ha transcurrido más de un año entre contratos. Este mismo procedimiento será obligatorio para quienes realicen prácticas académicas. En el caso de los trabajadores autónomos, deberán contar con el certificado si trabajan con menores o tienen acceso a sus datos personales. Además, los profesionales titulados deberán presentarlo ante el colegio o asociación correspondiente antes de comenzar su actividad. Para el personal de la administración pública, el certificado es un requisito indispensable tanto en el proceso de contratación como en los contratos y pliegos administrativos relacionados. En el ámbito del voluntariado, el certificado deberá ser presentado anualmente, y se establece la posibilidad de reembolsar el costo del mismo por parte de la entidad.
Respecto a los mecanismos de control, la norma establece que las entidades y empresas son responsables de exigir a las personas obligadas la presentación de los certificados de antecedentes penales por delitos contra la libertad sexual. Asimismo, deberán implementar mecanismos de registro y seguimiento que garanticen la vigencia y actualización de los certificados presentados.
Período de adaptación y consecuencias
Finalmente, el reglamento contempla un período transitorio de un año para que las personas que actualmente realizan actividades comprendidas en su ámbito de aplicación puedan adaptarse a las nuevas exigencias. En caso de no presentar el certificado dentro de este plazo, no podrán continuar en sus puestos de trabajo, prácticas o actividades de voluntariado que impliquen contacto con menores o acceso a sus datos personales.






